Celebra tu vida

Descripción

Se otorgará al empleado(a) un (1) día de permiso remunerado con ocasión de su cumpleaños, como reconocimiento institucional a su compromiso y permanencia en la organización. Este beneficio busca brindarle la oportunidad de celebrar esta fecha tan especial en compañía de sus seres queridos o dedicarla al bienestar personal, en gratitud por su entrega y dedicación.

Alcance

Empleados(as) que cuenten con una vinculación laboral superior a un (1) año de labores continuas, contados a partir de su fecha de ingreso a la Clínica del Campestre.

El tiempo deben ser contabilizado con base en una jornada laboral ordinaria de 8 horas, independientemente de la duración del turno que tenga asignado el empleado(a) para ese día.

Normas de utilización

  • El beneficio está diseñado para redimirse el día del cumpleaños del empleado(a). Si la fecha corresponde a un día no laboral, podrá disfrutarse durante la semana siguiente.

El beneficio está diseñado para redimirse el día del cumpleaños del empleado(a). Si la fecha corresponde a un día no laboral, podrá disfrutarse durante la semana siguiente.

  • La fecha para el disfrute del beneficio quedará sujeta a la disponibilidad del servicio y deberá ser coordinada y aprobada por el líder del área, quien debe garantizar que la ausencia del empleado no afecte la operación ni la prestación del servicio. En caso de no poder otorgarse el beneficio el mismo día del cumpleaños, el líder deberá informar al empleado(a) la fecha en la que podrá hacerlo efectivo.

La fecha para el disfrute del beneficio quedará sujeta a la disponibilidad del servicio y deberá ser coordinada y aprobada por el líder del área, quien debe garantizar que la ausencia del empleado no afecte la operación ni la prestación del servicio. En caso de no poder otorgarse el beneficio el mismo día del cumpleaños, el líder deberá informar al empleado(a) la fecha en la que podrá hacerlo efectivo.

  • En caso de ausencias prolongadas (vacaciones, licencias u otras novedades), se otorga un plazo máximo de un (1) mes posterior a la fecha del cumpleaños para hacer uso del beneficio. El disfrute estará igualmente condicionado a la aprobación del líder de área y a la no afectación de la operación.

En caso de ausencias prolongadas (vacaciones, licencias u otras novedades), se otorga un plazo máximo de un (1) mes posterior a la fecha del cumpleaños para hacer uso del beneficio. El disfrute estará igualmente condicionado a la aprobación del líder de área y a la no afectación de la operación.

  • Una vez aprobada la fecha, el empleado(a) deberá diligenciar el formulario “Solicitud de la medida”, seleccionando el beneficio correspondiente. Esto permitirá al área de Talento Humano hacer seguimiento mediante indicadores de uso y garantizar la trazabilidad del beneficio.

Una vez aprobada la fecha, el empleado(a) deberá diligenciar el formulario “Solicitud de la medida”, seleccionando el beneficio correspondiente. Esto permitirá al área de Talento Humano hacer seguimiento mediante indicadores de uso y garantizar la trazabilidad del beneficio.

  • Si el empleado(a) no registra ni solicita el beneficio en el tiempo indicado, se entenderá como renuncia voluntaria al mismo, y se dará lugar a seguimiento individual sobre la causa.

Si el empleado(a) no registra ni solicita el beneficio en el tiempo indicado, se entenderá como renuncia voluntaria al mismo, y se dará lugar a seguimiento individual sobre la causa.

  • Después de hacer uso del beneficio, el empleado(a) deberá diligenciar la encuesta de satisfacción "Tu voz es importante para nosotros" , como mecanismo de retroalimentación para mejorar el acceso y continuidad de esta medida.

Después de hacer uso del beneficio, el empleado(a) deberá diligenciar la encuesta de satisfacción "Tu voz es importante para nosotros" , como mecanismo de retroalimentación para mejorar el acceso y continuidad de esta medida.

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