- Pregrado: Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional.Posgrado: Especialización, Maestría, Doctorado.
- Pregrado: Técnico Profesional, Tecnológico, Profesional.
- Posgrado: Especialización, Maestría, Doctorado.
Alcance
Empleados(as) con vinculación laboral superior a un (1) año de labores continuas, contados a partir de la fecha de ingreso a la Clínica del Campestre
El tiempo deben ser contabilizado con base en una jornada laboral ordinaria de 8 horas, independientemente de la duración del turno que tenga asignado el empleado(a) para ese día.
Normas de utilización
- El empleado(a) deberá coordinar previamente con el líder del área la fecha en la que hará uso del beneficio. El líder podrá autorizar o declinar el permiso, garantizando que no se vea afectada la operación del servicio.
El empleado(a) deberá coordinar previamente con el líder del área la fecha en la que hará uso del beneficio. El líder podrá autorizar o declinar el permiso, garantizando que no se vea afectada la operación del servicio.
- El empleado(a) deberá registrar la solicitud en el formulario “Solicitud de la medida”, y adjuntar copia del acta y/o diploma de grado, para fines de trazabilidad y validación.
El empleado(a) deberá registrar la solicitud en el formulario “Solicitud de la medida”, y adjuntar copia del acta y/o diploma de grado, para fines de trazabilidad y validación.
- Adicionalmente, podrá anexar de forma opcional y con su autorización expresa, una fotografía de la ceremonia de graduación donde se evidencie la entrega del diploma. Esta imagen podrá ser utilizada en el boletín institucional, como gesto de reconocimiento y fuente de inspiración para otros miembros del equipo.
Adicionalmente, podrá anexar de forma opcional y con su autorización expresa, una fotografía de la ceremonia de graduación donde se evidencie la entrega del diploma. Esta imagen podrá ser utilizada en el boletín institucional, como gesto de reconocimiento y fuente de inspiración para otros miembros del equipo.
- Este beneficio aplica una (1) vez por cada nivel educativo culminado, no es acumulable ni transferible.
Este beneficio aplica una (1) vez por cada nivel educativo culminado, no es acumulable ni transferible.
- Posterior al disfrute del beneficio, el empleado(a) deberá diligenciar la encuesta de satisfacción “La Voz del Empleado”, como parte del seguimiento institucional de las medidas de bienestar.
Posterior al disfrute del beneficio, el empleado(a) deberá diligenciar la encuesta de satisfacción “La Voz del Empleado”, como parte del seguimiento institucional de las medidas de bienestar.
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